Algo más de un año después de que se iniciara su tramitación parlamentaria, el Congreso ha aprobado, hoy, la reforma de la Ley General de la Seguridad Social relativa a las mutualidades alternativas, después de validar las enmiendas del Senado. El objeto de esta norma es “acabar con una situación injusta y discriminatoria” -como reconocieron la mayoría de los partidos políticos- y dar una solución a los miles de profesionales de la Arquitectura -y de otras disciplinas, como la Abogacía-, que, durante años, estuvieron suscritos a mutualidades alternativas de forma obligatoria y que, al llegar a la edad de la jubilación, se han visto abocados a situaciones de desprotección, con pensiones muy bajas.
Para ellos, la nueva Ley plantea una pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), destinada a transferir los años de trabajo cotizado en la mutualidad. En este proceso, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha defendido, en todo momento, la protección de los derechos de todos/as los/as profesionales con una pasarela universal, voluntaria y justa que evite situaciones discriminatorias. Este era el núcleo de la Declaración Institucional aprobada en la Asamblea General Ordinaria del 29 de noviembre de 2024.
Sin embargo, la propuesta que, finalmente, ha salido adelante cruza una de las líneas rojas definidas por el CSCAE, al excluir a los/as profesionales jubilados/as (también llamados “pasivos”), excepto en los supuestos de pensión de viudedad. Por este motivo, principalmente, para el CSCAE, la Ley aprobada “nace limitada y es injusta”. “Durante demasiado tiempo, una parte de los arquitectos y arquitectas de nuestro país ha desarrollado su actividad en un modelo marcado por una menor protección social, por mayores incertidumbres y por una evidente desigualdad respecto de quienes han estado amparados por el sistema público. La pasarela al RETA debía responder, de verdad, al daño acumulado y a esos años de abandono económico y social, y ofrecer una solución digna y realmente reparadora, pero olvida a los más desprotegidos”.
Una vez aprobado, el texto fija que el Gobierno tendrá que desarrollar en tres meses desde la entrada en vigor de la ley el reglamento que concretará los flecos pendientes de la pasarela, como si se aplicará el IPC en el cálculo de las aportaciones económicas transferidas. El CSCAE estará muy vigilante a ese desarrollo reglamentario y tomará todas las medidas que estén en su mano para reparar la injusticia que van a sufrir ahora los/as profesionales jubilados/as.
Quiénes se benefician de la pasarela al RETA
Los/as profesionales que se benefician del paso al RETA son los siguientes:
- Arquitectos/as en activo: Profesionales que sigan ejerciendo y aportando al Sistema de Previsión Personal (SPP) de HNA como alternativa al RETA. Es requisito indispensable no percibir ninguna pensión pública, ni de la propia mutua (quedando de esta forma exceptuadas únicamente las pensiones de viudedad).
- Cotizantes con más de 15 años aportados: Se incluye expresamente a los profesionales en activo que sumen más de 15 años de aportaciones, lo que les garantiza cumplir el período mínimo de carencia exigido por la Seguridad Social para optar a una pensión contributiva pública.
- Mayores de 52 años o mutualistas pre-1995: Quienes tengan 52 años o más a fecha de 31 de diciembre de 2026, o quienes iniciaran su actividad antes del 10 de noviembre de 1995, dispondrán de condiciones especiales que facilitarán que cada mes en HNA se compute como un mes completo de alta en el RETA para el porcentaje de su jubilación.
En estos casos, no obstante, el CSCAE advierte de la importancia de que cada colegiado/a realice un análisis pormenorizado de la situación en la que quedaría, si decide pasar al RETA.
